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Qué es el Modelo de Gestión Clínica en Asturias
El ciudadano, primero; con todos los profesionales del Servicio de Salud, sanitarios y no sanitarios, implicados y organizados en Unidades y Áreas de Gestión Clínica.
El presente documento establece 16 elementos clave que definen la Gestión Clínica (GC) en Asturias.
Dado que se trata de establecer dichos elementos, las explicaciones que se dan a cada uno de ellos son premeditadamente breves.
1.-La Gestión Clínica es una herramienta
2.-La GC en Asturias es un proyecto de reorganización asistencial de lo público
3.-Los profesionales son la piedra angular de la GC
4 .-La GC es una herramienta a coste cuasi-cero
5.-Autorización y Constitución
6.-Implantación progresiva de la GC en Asturias. Mapas
7.-Flexibilidad en el dimensionamiento de las UGC/AGC
8.-Participación de los profesionales en la creación y desarrollo de las UGC/AGC
9.-El Acuerdo anual, herramienta clave de la GC
10.-El encuadramiento
11.-Niveles de complejidad de las UGC/AGC
12.-Perfiles directivos de las UGC/AGC
13.-El seguimiento y la Evaluación Anual. Ciclo Anual
14.-Cumplimiento del Acuerdo Anual
15.-La Incentivación
16.-Apoyos al desarrollo de la GC
1.-La Gestión Clínica es una herramienta
La GC no es un fin en si mismo, sino un medio (en lenguaje coloquial, una herramienta) para alcanzar un fin, que es el fin mismo del Servicio de Salud: prestar a los ciudadanos los mejores servicios de salud, con la mayor calidad, seguridad y eficiencia posibles.
Los ciudadanos son el eje incuestionable en torno al que gira el servicio de salud y por tanto la gestión clínica.
Desde un punto de vista más técnico, y dado que la GC en Asturias utiliza varias herramientas, procesos, procedimientos, aplicativos, etc podríamos definir la GC como una Tecnología Sanitaria, si bien este concepto pudiera ser menos comprensible para el conjunto de los profesionales, y para los ciudadanos.
2.-La GC en Asturias es un proyecto de reorganización asistencial de lo público
Las Unidades y Áreas de Gestión Clínica (UGC/AGC) que se configuran sobre la base del Decreto 66/2009 y su modificación parcial en el Decreto 163/2012 como agrupaciones de recursos humanos y materiales que se organizan funcionalmente de forma autónoma, sin personalidad jurídica propia, con criterios de calidad, autonomía, eficacia y eficiencia. Por tanto las UGC/AGC forman parte del Servicio de Salud, dependen de su Área Sanitaria y refuerzan el sentido publico de la sanidad, en cuanto buscan la mejora, la eficacia y eficiencia del servicio dentro de lo público.
3.-Los profesionales son la piedra angular de la GC
La GC en Asturias se fundamenta en poner parte de la gestión en manos de quienes poseen el conocimiento clínico. Los profesionales, ya de siempre, han tenido en sus manos la gestión sanitaria. Se trata de formalizar este hecho, propiciando condiciones y un ambiente de trabajo, las UGC/AGC donde la organización reconoce este rol de microgestión de los profesionales, y lo dota de una serie de herramientas que permitan hacer dicha microgestión más eficaz, evaluarla y ponerla en valor, mediante un esquema explicito y transparente de incentivación. Para ello a cada UGC/AGC se la dota de un mesogestor, el director-a de UGC/AGC y de un Consejo de Dirección.
Desde esta perspectiva cada vez que se constituye una UGC/AGC todos los profesionales que conformaban los dispositivos, servicios o equipos que ahora engloba la nueva UGC/AGC quedan automáticamente adscritos a la misma. Este cambio, profundo y complejo, de las reglas del juego, donde la separación entre gestión y clínica se difumina, donde organización, gestores y profesionales arriesgan, requiere un cambio cultural que afecta a todos, desde los gestores sanitarios hasta los profesionales sanitarios y no sanitarios.
4.-La GC es una herramienta a coste cuasi-cero
La autorización y puesta en marcha de Unidades y Áreas de Gestión Clínica se realiza a coste cero. Tanto el Director-a como los integrantes del Consejo de Dirección son profesionales integrantes de la UGC/AGC y también se configuran según un esquema económico que no supone un incrementos de costes (por ejemplo el director de una UGC de atención primaria sustituye a todos los efectos, incluido el retributivo al coordinador-a de EAP) y los apoyos técnicos (equipo humano) tanto en las Gerencias como en los Servicios Centrales, proceden fundamentalmente de la reasignación de funciones de técnicos ya existentes en dichos ámbitos, con algunas, muy pocas, excepciones. En conjunto el funcionamiento de la GC en Asturias, per se, se consigue a un coste cuasi-cero.
5.-Autorización y Constitución
Tal y como determina el Decreto regulador y su modificación parcial del 2012, es el Consejo de Administración del SESPA quien autoriza nuevas UGC/AGC, a propuesta de la Gerencia de cada Área Sanitaria. Una vez autorizada una UGC/AGC, está se considera constituida cuando firma su primer Acuerdo de Gestión.
6.-Implantación progresiva de la GC en Asturias.Mapas.
La opción tomada para la GC en Asturias es la de una implantación de UGC/AGC progresiva, consolidando los logros año a año y con un horizonte a largo plazo en la que la GC es la herramienta de gestión, la formula organizativa clave del Servicio de Salud. En este sentido, los hospitales deben mantener al día un proyecto de desarrollo de la gestión clínica, mediante un Mapa de la GC del hospital, que debe estar dotado de la necesaria flexibilidad tal que permita los cambios que se consideren oportunos, en cada momento.
7.-Flexibilidad en el dimensionamiento de las UGC/AGC
Las UGC de atención primaria se configura inicialmente sobre la base de 1EAP=1UGC. En el ámbito de la atención hospitalaria no existen reglas fijas para determinar el tamaño (en clave de numero de recursos humanos) de cada UGC/AGC. Este aspecto dependerá de factores diversos: funcionalidad, especialización, eficacia, etc que deberán ser determinados en cada circunstancia
8.-Participación de los profesionales en la creación y desarrollo de las UGC/AGC
Previo a la autorización de una UGC/AGC los profesionales que se van a integrar serán informados y oídos, favoreciendo al máximo su participación en los pasos previos a la solicitud de autorización. Una vez autorizada una UGC/AGC todos los profesionales quedan adscritos a dicha UGC/AGC. En cada Acuerdo de gestión anual, además, cada profesional será invitado a adherirse al Acuerdo, firmando su adhesión al mismo. Asi, la adscripción a la UGC/AGC es un hecho automático derivado de la creación de la UGC/AGC, y la adhesión a cada acuerdo es un acto voluntario que cada profesional decide cada año.
9.-El Acuerdo anual, herramienta clave de la GC
Cada UGC/AGC firma todos los años con su Gerencia de Área correspondiente unos pactos que reciben el nombre de Acuerdo de Gestión. Dichos pactos se firman preferentemente en el primer trimestre del año de vigencia y son evaluados en el primer trimestre del año siguiente. La vigencia del Acuerdo de gestión es por tanto de año natural: 1 de enero a 31 de diciembre, con independencia de la fecha de la firma del mismo. El Acuerdo recoge al menos los siguientes 10 elementos:
1.-Texto con los pactos generales y firma del gerente-a del Area Sanitaria y del Director-a de la UGC/AGC
2.-Descripción de recurso humanos (equipo) y materiales
3.-Presupuesto Anual
4.-Objetivos de Actividad
5.-Objetivos de Calidad /Seguridad
6.-Objetivos de Gestión
7.-Criterios de evaluación, avance en el encuadramiento y de incentivación
8.-Firmas de los profesionales
9.-Cuadro de mandos individual (profesional por profesional), de objetivos personales
10.-(solo en UGC/AGC de nivel 3C): Bloque integrador: gestión clínica de los procesos clave
10.-El encuadramiento
Las UGC/AGC se encuadran siguiendo un esquema de dificultad progresiva en calidad asistencial y en gestión, siendo el nivel más básico el 1A y el de mayor complejidad el 3C, lo que constituye el encuadramiento para esa UGC/AGC.
Nivel de excelencia en calidad (c) |
1c nivel intermedio |
2c nivel intermedio |
3c nivel de excelencia |
---|---|---|---|
Nivel de calidad avanzado (b) |
1b nivel intermedio |
2b nivel intermedio |
|
Nivel básico de calidad (a) |
1a nivel inicial |
||
Nivel de gestión básico (1) |
Nivel de gestión avanzado (2) |
Nivel de gestión máximo (3) |
11.-Niveles de complejidad de las UGC/AGC
A su vez las UGC/AGC se categorizan en tres niveles según la complejidad. La complejidad y el nivel de encuadramiento tiene como consecuencia diferentes situaciones de UGC/AGC, por ejemplo una “UGC de complejidad 3 en nivel 3C” o “una AGC de complejidad 1 en nivel 2B”, etc
Nivel 1 (alta complejidad)
• UGC/AGC de Atención Hospitalaria compuesta por al menos 2 Servicios de al menos 2 Áreas y con 50 o más profesionales adscritos.
• AGC de Salud Mental de nivel I.Nivel 2 (complejidad intermedia)
• UGC/AGC de Atención Hospitalaria con 100 o más profesionales adscritos.
• UGC/AGC de Atención Hospitalaria compuesta por al menos 2 Servicios de al menos 2 Áreas y con menos de 50 profesionales adscritos.
• UGC de Atención Primaria que atiende a una población igual o superior a 20.000 habitantes (TIS)
• AGC de Salud Mental de nivel II.Nivel 3 (baja complejidad)
• UGC/AGC de Atención Hospitalaria con menos de 100 profesionales adscritos. UGC de Atención Primaria que atiende a una población inferior a 20.000 habitantes (TIS)
• AGC de Salud Mental de nivel III.
12.-Perfiles directivos de las UGC/AGC
El Decreto regulador define un perfil directivo de la UGC/AGC : el director-a de UGC/AGC. Además establece la necesaria existencia de un Consejo de Dirección, que apoya y asesora al director. El funcionamiento en estos años de las UGC/AGC ha permitido visualizar al menos cuatro perfiles que pudieran considerarse pertenecientes a la dirección o gobierno de la UGC/AGC y que por tanto deben formar parte del Consejo de Dirección:
a) Coordinador-a de Enfermería
b) Coordinador-a de Calidad
c) Coordinador-a de Docencia e Investigación
d) Coordinador-a de grupo administrativo (en UGC/AGC con un número suficiente de personal en su unidad administrativa)
Esta identificación de roles no pretende una sobreburocratización / estructuralización / jerarquización de las UGC/AGC, sino un reconocimiento de los diferentes liderazgos que se dan en las UGC/AGC, y además se produce a coste cero.
13.-El seguimiento y la Evaluación Anual. Ciclo Anual
Las UGC/AGC funcionan mediante ciclos anuales de actividad, con independencia de que en su funcionamiento respondan a planteamientos estratégicos plurianuales. Este ciclo anual esta regido por el Acuerdo de Gestión, que se firma por años naturales. En el transcurso de cada año se producirán las monitorizaciones y seguimientos que se estimen oportunos y que deberán estar especificados en el Acuerdo de Gestión.
La evaluación del Acuerdo de Gestión se realizará en el primer trimestre del año siguiente, partiendo de una autoevaluacion realizada por las partes firmantes del Acuerdo (UGC/AGC y Gerencia de Area Sanitaria) y refrendada mediante evaluación externa, facilitada por los Servicios centrales del SESPA, según los mecanismos que se establezcan en cada ciclo anual.
14.-Cumplimiento del Acuerdo Anual
Son seis los elementos que se evalúan para determinar el grado de cumplimiento del Acuerdo de Gestión Anual por parte de la UGC/AGC en su conjunto:
a) objetivos asistenciales
b) objetivos de calidad /seguridad
c) objetivos de gestión económica
d) funciones de gestión delegadas y funciones directivas
e) satisfacción de los usuarios (monitorización)
f) calidad de vida de los profesionales (monitorización)
Además a cada profesional se le evalúa mediante un esquema de evaluación individual. La coordinación de la evaluación de los profesionales esta delegada al director-a de la UGC/AGC.
Se considera que una UGC/AGC ha cumplido íntegramente su Acuerdo de Gestión cuando ha alcanzado sus objetivos
(1) asistenciales,
(2) de calidad/seguridad y
(3) de gestión económica;
y además ha monitorizado
(1) sus funciones delegadas y directivas,
(2) la satisfacción de los usuarios y
(3) la calidad de vida de sus profesionales.
Cualquier incumplimiento de alguno de los 6 elementos descritos tendrá la consideración de un cumplimiento parcial del Acuerdo de Gestión. Se considerar que una UGC/AGC no ha cumplido el Acuerdo si incumple los 6 elementos de evaluación.
15.-La Incentivación
Se contemplan al menos tres modalidades de incentivación:
a) productividad variable ligada al cumplimiento íntegro del Acuerdo de Gestión
b) incentivación a la propia UGC/AGC en forma de reinversión en necesidades de la misma
c) acreditación de la agenda docente de la UGC/AGC
La productividad variable y la incentivación a la propia UGC/AGC es progresiva en relación al nivel de encuadramiento y grado de complejidad de la UGC/AGC. Solo acceden a las tres modalidades de incentivación las UGC/AGC con cumplimiento integro del Acuerdo de Gestión.
La única excepción de acceso a incentivación se produce en las UGC/AGC que cumplen de forma parcial el Acuerdo de Gestión. En estos casos tendrán acceso solo a la acreditación de la agenda docente.
Además, cuando se accede a productividad variable (personal para cada profesional), de la cantidad resultante, se percibirá el 80 % en concepto de productividad por la satisfacción de los objetivos colectivos. El 20 % restante se percibirá sólo si el profesional ha cumplido los objetivos personales. Los anteriores porcentajes podrán ser modificados en los Acuerdos de Gestión Clínica de aquellas Áreas o Unidades cuyo nivel de encuadramiento sea superior al 1A. En todo caso, el mínimo a percibir en concepto de objetivos colectivos será el 50% de la cuantía total.
16.-Apoyos al desarrollo de la GC
El Servicio de Salud ha diseñado un instrumento de apoyo específico al desarrollo de la gestión clínica, en forma de un equipo de técnicos, que en el momento de la elaboración de este documento, se estructura como un Servicio en los Servicios centrales del SESPA: el Servicio de Calidad y Gestión Clínica. Este Servicio tiene delegadas las tareas de apoyo, normalización, seguimiento y evaluación externa de la gestión clínica, así como las tareas de formación y divulgación en relación a la gestión clínica. Estos apoyos se centran especialmente en (1) el apoyo a las Gerencias de las Áreas Sanitarias para el desarrollo de la gestión clínica y (2) en el desarrollo de las acciones que, estando legalmente establecidas por el decreto regulador, determine la Dirección de Servicios Sanitarios y permitan dotar de credibilidad al proyecto de gestión clínica más allá del entorno del SESPA: ante la autoridad sanitaria, ante el gobierno y ante los ciudadanos