Inicio> Profesionales > Como se constituye una unidad o área

 

Cómo se constituye una Unidad /Área de Gestión Clínica

La iniciativa

La intención de crear una nueva AGC/UGC puede proceder de un colectivo de profesionales de servicios hospitalarios, centros de salud o de la correspondiente Gerencia del nivel asistencial que corresponda (Decreto 66/2009 regulador de la Gestión Clínica en Asturias).

Fase 1: Aprobación /autorización

Una vez que la iniciativa es firme el primer paso será la cumplimentación de la documentación de solicitud de constitución, que se remite para su revisión al Servicio de Calidad y Gestión Clínica (Servicios centrales).

Una vez dada la conformidad a la documentación y vía Secretaría General se da traslado del expediente al Consejo de Administración del Servicio de Salud del Principado de Asturias, que a propuesta de la Dirección Gerencia del Ente Público, es el encargado de autorizar la creación de la UGC/AGC y ésta queda en condiciones de dar los siguientes pasos, el más relevante: la constitución formal.

Fase 2: Constitución

La constitución formal, (de acuerdo con el Decreto de Gestión Clínica) se produce con la firma de su primer Acuerdo de Gestión anual. Hasta ese momento la UGC/AGC está autorizada, pero aun no está en funcionamiento.

Entre ambas fases la Gerencia correspondiente habrá dado una serie de pasos intermedios, en especial, dos relativos al director-a de la UGC/AGC: solicitud de modificación de plantilla para la creación del puesto de director-a y convocatoria de la plaza de director-a.

 

Subir